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La paridad de 2021 aun no es de representación
Por
Adriana Guadalupe Rivero Garza
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Hablar de paridad implica, en primer término, reconocer y dar sentido a un movimiento político que lleva más de un siglo reivindicando la participación de las mujeres en el ámbito público y que, aunque en nuestro país se ha consolidado como un principio constitucional, aun enfrentamos retos para ver garantizado el derecho a la igualdad sustantiva en el ámbito político y electoral, no se diga en la representación de una nación o una sociedad.
La paridad, de nuestro país en 2021, es compleja, requiere del análisis contextual e histórico; sin embargo decidí centrarme solo en el enfoque o análisis feminista orientado al poder crítico de la teoría y la práctica.
Y quisiera comenzar con una pregunta que tomo de la historiadora feminista Joan Scott:
¿Las mujeres forman parte del cuerpo de votantes y son elegibles para un cargo en las mismas condiciones que los hombres?
Si la respuesta es afirmativa, entonces podemos decir que en nuestro país contamos con un sistema democrático igualitario.
Si la respuesta es negativa, o dudamos en responder con un sí, quizá valga la pena revisar los motivos por los cuales, a pesar de contar con normativa de avanzada en la materia, aun las mujeres no pueden votar, ser votadas o participar de manera igualitaria, libres de discriminación y violencia en la vida democrática del país.
Me parece importante comenzar con esta pregunta para desmenuzar las diferentes formas de manifestación, controversia y resistencia social, política y partidista al momento de hacer efectivo este principio constitucional que, aunque tiene como fundamento los derechos humanos de las mujeres, aun no se logra de manera real.
Piensen en las diferencias que existen entre el cuerpo de votantes mujeres y cuerpo de votantes hombres, ¿qué ven? Quizá a mujeres líderes de colonia haciendo política con redes de mujeres. Quizá a hombres sentados en un café realizando acuerdos políticos. ¿Cómo votan las mujeres y cómo lo hacen los hombres, hay diferencias, qué intereses los mueven?
Ahora piensen en las diferencias entre mujeres y hombres elegibles para un cargo. Quizá dichas diferencias están relacionadas con el aspecto físico, más si se trata de mujeres, pero también con las condiciones sociales, económicas, políticas, de salud; de las relaciones de poder, las redes familiares y hasta de amistades.
Sin duda la paridad tiene como fundamento el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres; es decir, que tanto unos como otras tengan derecho a votar, ser votados y participar en un proceso electoral y en ocupar cargos de elección o toma de decisión.
Sin embargo, la paridad tiene un alcance mayor, porque las demandas para hacer efectivo este principio deben estar orientadas no solo a reconocer a las mujeres, en las mismas condiciones que los hombres, sus derechos político-electorales; sino que está relacionado con justicia democrática y social.
Hablar de paridad implica asumir que las mujeres, son ciudadanas con posibilidad real de fungir como representantes de una nación o una sociedad.
Es brindar identidad representativa a las mujeres. Y eso, aun no sucede en nuestro país. Aun escuchamos frases como: “no hay mujeres que tengan la capacidad de gobernar”, “no hay mujeres que tengan la capacidad de contender contra fulano de tal”, “no hay mujeres que logren consensos en el partido”, “las mujeres no saben gobernar”.
Todas esas frases, y mas que se escuchan en todos los espacios, tienen como telón de fondo una idea: “las mujeres no representan lo público, sino que representan lo privado”.
Algunos discursos disfrazados de progresistas indican que “las mujeres son capaces de gobernar, pero aun no se consideran verdaderamente representativas”. Esa idea, también tienen como antesala una serie de exclusiones, discriminaciones y violencias por motivos de sexo y de género. Uno de los grandes retos que enfrentaremos en este proceso electoral.
En la actualidad, aun con los grandes avances que hemos tenidos en materia de reconocimiento de derechos político-electorales de las mujeres, de igualdad y de paridad, “simbólicamente” -lo subrayo- no existen las mujeres representantes de la Nación.
Aunque en el 2021 podemos hacer un importante recuento del trabajo de mujeres legisladoras, magistradas, gobernadoras, presidentas, primeras ministras; en el imaginario colectivo “la mujer representante de la Nación” no existe; en el imaginario social, las mujeres que ocupan cargos de elección, representación o toma de decisiones son equiparadas al varón, al ciudadano representante de un sistema democrático.
Si aun no les convence esto que estoy diciendo procuren recordar cuántas veces han escuchado: “es que, esa mujer, para estar en el lugar que ocupa ha tenido que masculinizarse.”
La mujer representante no existe, existe la mujer que para ser representante ha tenido que actuar como lo hacen los hombres.
Por ello, dialogar sobre la paridad implica traer a la mesa la crítica teórico-política del o los sistemas de democracia representativa. Misma que, como ustedes saben, tiene sus raíces en la Revolución Francesa, a partir de la cual se concibió al individuo político como una abstracción, al ciudadano representante de la Nación, la cual depositaba en él su soberanía, de manera tal que sus actos eran, por definición, una expresión de la voluntad general.
Esta abstracción -heredada- significó hacer caso omiso de los atributos que distinguían a la gente en su vida cotidiana, a las personas con diferencias sexuales, con necesidades y contextos sociales diversos.
Lo que hizo el movimiento de mujeres y feminista, fue cambiar el imaginario colectivo sobre el significado del ciudadano; en el caso que nos ocupa lo ha hecho a través del principio de paridad.
Pugnó por el cambio de la noción de individuo, de ampliar su capacidad de abstracción para incluir las diferencias alguna vez consideradas irreductibles, como la de ser mujer o mujeres, y que con el paso de los años se fue ampliando a otras condiciones como la de ser joven, migrante, homosexual, con discapacidad, etcétera.
En México y en nuestro estado, han existido grandes avances en materia de participación y representación política de las mujeres; de los cuales se ha hablado y seguramente quienes participan en este conversatorio presentarán con mayor amplitud.
Dichos logros son resultado de la decidida participación de la sociedad civil y del movimiento feminista, que exigen la actuación de las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales.
Para hacer efectiva la Ley, se ha tenido que recorrer un camino sinuoso, muchas veces obstruido por las múltiples discriminaciones y violencias para hacer realidad el derecho a la igualdad en el ámbito político-electoral y en la vida democrática de nuestro país.
El movimiento feminista por la democracia igualitaria ha fomentado mayor participación y acceso de las mujeres a puestos de elección y toma de decisión, demostraron que las mujeres son individuos capaces de participar en la política, de representar a la nación e instituyeron la norma para los procesos electorales: a través de acciones afirmativas, cuotas de género hasta llegar al principio de paridad.
No se trata de afirmar que las mujeres representan solo a las mujeres; sino que las mujeres son tan capaces como los hombres de representar a la nación y que sus evaluaciones y toma de decisiones son tan variadas como la de los hombres.
El movimiento feminista eleva a rango de ley, el derecho de las mujeres a la igualdad, exigiendo que los puestos de elección fueran repartidos equitativamente entre hombres y mujeres.
Sin embargo, hay que decirlo, la materialización de la Paridad Transversal ha tenido sus propios embates, dada la cultura machista y misógina que aun causa estragos en la democracia de nuestro país. Y que, a pesar de ser Ley, debe acudirse al control judicial y al movimiento social para garantizar este principio.
La paridad, entonces, es la enunciación y la práctica real del derecho a la igualdad en la representación en un sistema democrático; -tal como lo dijo Gisele Donard- “para que las mujeres tengan las mismas posibilidades de influir en el destino común, de pensar en el futuro global de la sociedad y no solo en el problema de los cuidados diarios”.
Definitivamente la Ley es constitutiva de sujetos y establece relaciones reales y simbólicas, por ello la importancia de las reformas constitucionales y de la normativa electoral.
La reforma constitucional en materia de paridad en nuestro país representa el mayor avance en el reconocimiento del derecho a la igualdad en la Representación de la Nación y, quizá, en el parteaguas para eliminar de una vez por todas la división sexual del trabajo.
Con la llamada paridad en todo, se marcó un momento histórico para garantizar los derechos políticos de las mujeres, ahora no solo se podrá exigir que la mitad de los cargos de elección o de decisión sean para las mujeres en los tres poderes del Estado, en los tres órdenes de gobierno, en los organismos autónomos; sino que se consolida o se afirma una identidad política, la de las mujeres en tanto ciudadanas representantes.
Sin embargo, todavía falta camino por recorrer, la instrumentación práctica de la ley todavía reflejará importantes retos para garantizar que las mujeres son representativas de lo universal en la misma forma que los hombres.
Aún se requieren cambios estructurales para que las mujeres tengan una participación paritaria real y efectiva, es decir, que no solo implique que las mujeres ocupen equitativamente los cargos públicos o de elección, sino que realmente tomen decisiones, y lo hagan libres de discriminación y/o violencia.
Las reformas constitucionales deben significar que la representación simbólica del pueblo está abierta a las mujeres, para reconocerles legitimidad política; porque la paridad tiene que ver con la igualdad y con la democracia y su funcionamiento interno.
La paridad es, además, un llamado a la justicia social, no nada más a la reforma legal. Por ello, se requiere que se garantice el que las mujeres que participen de los procesos electorales en condiciones de igualdad, de no discriminación y libres de violencia.
Mientras se les sigan asignando distritos perdedores, se les deje solas en sus registros o campañas políticas, sin estructuras o financiamiento; mientras no se reconozca que las mujeres dan la vida a los partidos políticos y elevan el debate político, mientras el sistema político-partidista funcione como un mecanismo que sistemáticamente las excluye, no se puede hablar de un sistema democrático paritario.
Por ello, para que la paridad sea real, se requiere, un cambio en las relaciones de poder y en el monopolio del poder político.
Además, debe existir una concordancia de acciones y políticas para la conciliación de la vida laboral y familiar; porque la sociedad ama a las mujeres cuando son madres, pero las odia cuando son gobernadores, alcaldesas, diputadas, senadoras o funcionarias públicas.
Por lo que subrayamos: la paridad en todo no solo implica reformas a la ley para lograr la participación y representación en condiciones de igualdad, sino rompimiento de la división sexual del trabajo.
La paridad tiene que ver con la justicia en el acceso a la toma de decisiones tanto en el espacio público como en el privado. En reconocer a las mujeres como símbolo de un nuevo enfoque de la política.
Una destacada activista francesa decía: “El movimiento por la paridad tiende a construir no un partido político sino que apunta a una coalición de mujeres efectivas dentro y fuera de los partidos, para que se reconozca el lugar social y político que les es debido”.